La Oficina de Control de Activos Extranjeros OFAC del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, sancionó a la Empresa Nicaraguense de Minas, ENIMINAS, y a su presidente Ruy López Delgado.

De acuerdo a un comunicado del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, la dictadura sandinista amañó las elecciones generales del pasado mes de noviembre mediante el encarcelamiento arbitrario de la oposición política, el bloqueo de partidos políticos, el cierre de medios de comunicación independientes y el acoso de la sociedad civil.

“Están profundizando su relación con Rusia mientras libra la guerra contra Ucrania, mientras utilizan los ingresos del oro para seguir oprimiendo al pueblo de Nicaragua y participar en actividades que representan una amenaza para la seguridad del hemisferio”, señaló el Departamento del Tesoro.

Por tanto, Estados Unidos aseguró que seguirán utilizando las herramientas disponibles para promover la rendición de cuentas y el cumplimiento de las normas internacionales de la dictadura sandinista.

«A medida que el régimen Ortega-Murillo involucra cada vez más a Rusia y continúa alineando sus arcas con importantes ingresos explotados por el sector del oro nicaragüense, el régimen ha dado la espalda al pueblo nicaragüense, descuidando sus medios de vida por ganancias del régimen», dijo el Subsecretario del Tesoro para el Terrorismo y la Inteligencia Financiera Brian Nelson.

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Asimismo, afirmó que Estados Unidos continúa apoyando a los nicaragüenses ante el encarcelamiento injusto hacia opositores y el asalto a la democracia por parte del régimen.

Implicaciones de las sanciones

Según el documento, las sanciones implican que todos los bienes e intereses en la propiedad de estas personas que se encuentran en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueados y deben ser denunciados a la OFAC.

Así como cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, del 50 por ciento o más en total por una o más de esas personas también están bloqueadas.

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“Todas las transacciones de personas estadounidenses o dentro (o transitando) por los Estados Unidos que involucren cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas bloqueadas o designadas están prohibidas, a menos que estén autorizadas por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o exentas de otra manera”, explica el documento.

Además, detalla que las prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, hacia o en beneficio de cualquier persona bloqueada y la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de cualquiera de esas personas.

“El poder y la integridad de las sanciones de la OFAC se derivan no solo de su capacidad para designar y añadir personas a la Lista SDN, sino también de su voluntad de eliminar a las personas de la Lista SDN de acuerdo con la ley. El objetivo final de las sanciones no es castigar, sino lograr un cambio positivo en el comportamiento. Para obtener información sobre el proceso para solicitar la eliminación de una lista de la OFAC, incluida la lista SDN”, concluye la OFAC.

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