La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) expresaron su preocupación por la situación de salud de los secuestrados políticos de Nicaragua.
La REDESCA es una Oficina autónoma de la CIDH, especialmente creada para apoyar a la Comisión en el cumplimiento de su mandato de promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano.
A través del Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI) y la REDESCA, se constató información persistente sobre las graves condiciones de detención de las personas secuestradas en las diferentes instalaciones del Sistema Penitenciario Nacional como «La Modelo», «La Esperanza» y Waswalí.
“Las denuncias refieren, entro otros, a la falta de acceso a la salud, agudización de enfermedades, alimentación insuficiente y de mala calidad, aplicación de regímenes de aislamiento o castigo de manera arbitraria”, señala un comunicado publicado en el sitio web oficial de la Organización de Estados Americanos.
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También se refirieron a los secuestrados políticos que permanecen en la Dirección de Auxilio Judicial («el Chipote» o «nuevo Chipote) y expresaron su preocupación, debido al prolongamiento de la privación de libertad bajo condiciones aún más deplorables e insalubres, la persistencia de hechos de maltrato, aislamiento, incomunicación, interrogatorios constantes, la falta de alimentación adecuada y suficiente, así como falta de acceso a atención médica oportuna, adecuada y especializada.
Audiencias sin fundamento legal
La CIDH expuso que las audiencias informativas realizadas por la dictadura no tienen fundamento legal.
“Según fuera indicado, dichas audiencias no tendrían fundamento legal, se habrían realizado sin notificación previa y en ausencia de representación legal. Además, medios de comunicación afines al gobierno publicaron fotografías de las personas detenidas, siendo señaladas como «Delincuentes Presos Golpistas, Terroristas y Traidores a la Patria» y, en cuyas imágenes se constataban deterioro físico y delgadez extrema”, añade.
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La CIDH subraya que, la exhibición pública o a través de medios de comunicación en forma humillante de las personas detenidas podría constituir una forma de trato cruel, inhumano o degradante, en el contexto de los patrones sistemáticos de represión que enfrentan las personas presas políticas en Nicaragua.
“Es obligación del Estado Nicaragua proveer atención médica adecuada a las personas privadas de libertad, la cual deriva del derecho a la integridad personal establecido en los artículos 1.1 y 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La obligación del Estado de respetar la integridad física, no emplear tratos crueles, inhumanos y de respetar la dignidad inherente al ser humano, se extiende a garantizar el acceso a la atención médica adecuada de las personas privadas de libertad”, señala la CIDH.
Recalca que el Estado debe garantizar las condiciones mínimas para contribuir al goce efectivo de aquellos derechos que en ninguna circunstancia pueden restringirse, como son el derecho a la alimentación y a la salud.