El Ministerio de Gobernación de la dictadura, anuló la personería jurídica a la Fundación Centro Empresarial Pellas, entidad que supuestamente solicitó la disolución de forma voluntaria el pasado 11 de mayo de 2022, a través de una sesión extraordinaria General de los miembros de la junta directiva.
“Con fundamento en el artículo 42 de la Ley no. 1115, “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, la Fundación Centro Empresarial Pellas, solicitó al Ministerio de Gobernación, la cancelación de la Personalidad Jurídica, por disolución voluntaria, acordaba de forma unánime por los miembros de la Fundación Centro Empresarial Pellas, en sesión extraordinaria de Asamblea General el 11/05/2022”, señala una publicación de La Gaceta, Diario oficial, de este lunes 31 de octubre.
Además, la Gaceta señala que la Fundación Centro Empresarial Pellas “No tiene obligaciones pendientes ante el Ministerio de Gobernación/Dirección General de Registro y Control de Organismos sin fines de lucro”.
La disolución voluntaria de una organización puede darse por voluntad de los miembros, vencimiento de los plazos, cumplimiento de sus objetivos o imposibilidad para realizarlos y por disminución en el número de miembros, según el artículo 42 de la Ley 1115.
El artículo 44, señala que la disolución acordada por los miembros del OSFL se formalizará mediante Escritura Pública de Disolución en la que se designarán las personas responsables de la liquidación y sus facultades. La Escritura Pública deberá ser inscrita en la Dirección General de Registro y Control de OSFL.
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El artículo 45 señala que en caso de disolución de los OSFL, los libros contables, serán depositados en la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro, con el fin de que se les conserve por un período de diez años.
Además, el destino del remanente de la liquidación de bienes, derechos y acciones del OSFL, se llevará a efecto conforme a lo que establece su Escritura de Constitución o Estatutos, deberá ser destinado a un organismo con fines y objetivos similares, no podrá ser repartido entre sus miembros; y si nada se hubiere dispuesto sobre ello, pasarán a ser propiedad del Estado de Nicaragua.
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La decisión de la Junta directiva, se dio poco después que se aprobara una reforma a la Ley 1115. El Parlamento, controlado por los sandinistas, aprobó en marzo con carácter urgente una ley que regulará y controlará a las organizaciones no gubernamentales (ONG).
La nueva normativa otorga mayores facultades al Ministerio de Gobernación y a la Dirección General de Registro y Control de Organismos Sin Fines de Lucro sobre regulación y control de las ONG.