Los solicitantes de refugio en Costa Rica gozarán de las mismas garantías y derechos que benefician a quienes ya se les aprobó formalmente el estatus de refugiados, de acuerdo a un fallo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de ese país.

Entre los principales derechos y garantías logrados con la sentencia, se encuentran el no ser devuelto a Nicaragua, tener un documento de identidad, acceso a servicios bancarios, acceder al seguro social, a tener un permiso de trabajo y contar con un documento de viaje, equivalente a un pasaporte, y a salir del país siempre que no sea a Nicaragua.

La decisión quedó plasmada en el fallo emitido el pasado 26 de junio, en el que los magistrados resolvieron un recurso de hábeas corpus a favor de un nicaragüense menor de 18 años de edad, a quien las autoridades migratorias costarricenses le negaron un documento de viaje en abril de este año.

La base del fallo

Las autoridades costarricenses le dijeron que, para poder otorgarle el documento de viaje, primero debía tener aprobada su condición de refugiado.

Los magistrados constitucionales consideraron que las autoridades migratorias costarricenses le están violentando derechos al joven boxeador nicaragüense y argumentaron, entre otras cosas, que «la Convención sobre el Estados de los Refugiados no distingue entre persona refugiada y solicitante de la condición de refugiado».

Además, indicaron que Costa Rica ha adquirido compromisos internacionales en materia de refugio y debe velar por la integridad y seguridad de las personas amparadas.

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En su sentencia, los judiciales determinaron que se le debe de otorgar el documento de viaje al joven boxeador nicaragüense y que el Estado costarricense debe «pagar daños y perjuicios causados».

También advierten que pagarán penas de seis meses a dos años de cárcel a los funcionarios costarricenses que no cumplan con esa sentencia.

Por otra parte, la sentencia deja claro que todos los solicitantes de refugio, tanto nicaragüenses como de otra nacionalidad, tendrán los mismos derechos que quienes ya tienen aprobados sus refugios.

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