La carta magna venezolana establece que el presidente debe tomar juramento el 10 de enero del año en que empieza su período de mandato, pero ante el Parlamento y Maduro lo hizo ante el TSJ, de Venezuela.
La carta magna venezolana establece que el presidente debe tomar juramento el 10 de enero del año en que empieza su período de mandato, pero ante el Parlamento y Maduro lo hizo ante el TSJ, de Venezuela.