VOZ DE AMÉRICA. El presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, firmó este miércoles dos decretos para regular la masiva migración hacia este país, al que llegan, según el mandatario, en su mayoría “migrantes económicos» que buscan aprovecharse de la “generosidad” de ser un “refugiado legítimo”.
El mandatario informó que en los últimos cuatro años se han completado al menos 222.000 solicitudes de refugio, de las que aseguró: “no son solicitudes de refugio legítimas todas”.
La primera legislación modifica el Reglamento de Refugio sobre el otorgamiento de permisos laborales, el cual permite que al emitirse un carné de solicitante de refugio, la persona pueda realizar “actividades laborales con libertad de condición después de tres meses contados a partir de su vigencia”, es decir sin necesidad de un carnet independiente para laborar.
Con la modificación, ya no se otorgarán permisos laborales a las personas solicitantes de forma inmediata, “sino que deberán cumplir con el procedimiento interno que establezca la institución y que se comunicará oportunamente”.
Cambios para los que ya tienen los permisos
Chaves explicó que a quienes ya les fueron otorgados los permisos, se les renovará solamente si la persona cuenta con la inscripción a la Caja Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S).
“Al solicitar refugio usted tiene permiso de trabajo inmediatamente y la Dirección de Migración nos dice que el 90 %, o más, de las personas que han solicitado refugio o que llegan a las citas no califican [como refugiados]. Estamos permitiendo que la figura noble del refugio se esté abusando por parte de cientos de miles de personas. Así de fácil. Esto no tiene nada que ver con xenofobia”, alegó Chaves.
De igual manera, el decreto establece que toda nueva solicitud de protección internacional, o de refugio, deberá ser presentada dentro de un mes natural a partir del día de su ingreso al país, sin necesidad de solicitar cita.
Para ello, la persona debe venir de su país de origen directamente, en caso de no ser así, deberá justificar las razones por las cuales no solicitó dicha protección en el país en el que se encontraba.
La nueva medida también establece que las personas solicitantes de refugio ya no podrán salir de Costa Rica, “por ningún motivo”, mientras su solicitud se encuentra en trámite. El hacerlo se entenderá como un abandono del proceso y “se archivará en forma definitiva”.
Categoría especial para migrantes de Cuba, Venezuela y Nicaragua
El segundo decreto va dirigido a la categoría especial temporal para personas nacionales de Cuba, Nicaragua y Venezuela, la cual entraría a regir el 1 de marzo del 2023, que según el presidente Chaves, representan el 96 % de los solicitantes de refugio.
De acuerdo con Chaves las personas en esa categoría van a poder trabajar por dos años siempre y cuando, “renuncian a la solicitud de refugio porque ellos los que están haciendo es trabajar y no están como refugiados».
«Van y se inscriben en la Caja del Seguro Social, y demuestran que no tienen antecedentes penales en su país”, aseguró.
Según Chaves, esta consideración se tomará para las personas que hayan realizado su solicitud de refugio entre el 1 de enero de 2010 y hasta el 30 de septiembre de 2022, y que no hayan ido a su país en ese periodo.