La nueva propuesta de reforma al Código Procesal Penal de Nicaragua cambiaría el plazo de investigación de un detenido desde dos hasta 90 días bajo el supuestos de garantizar el principio de presunción de inocencia.
El régimen de Daniel Ortega por medio de sus servidores en el parlamento sandinista presentó por segunda vez en lo que va del 2021, una iniciativa de reformas al Código Procesal Penal. En la nueva modificación pretenden cambiar el artículo 253 y 256 de la Ley 406.
La nueva propuesta hecha por los sandinistas, ordena que las investigaciones de las personas detenidas por cualquier delito no podrán ser menores de 48 horas ni mayores a 90 días.
La propuesta de texto de reforma a la Ley del Código Procesal Penal es:
«Arto. 253 bis. Audiencia especial de tutela de garantias constitucionales
Cuando la persona detenida sea puesta a la orden del juez dentro del plazo de 48 horas posteriores a su detención, a petición del Ministerio Publico, se celebrará inmediatamente Audiencia Especial de Tutela de garantías constitucionales, con el fin de solicitar la ampliación del plazo para investigar y se dicte detención judicial, siempre que se considere que los resultados de la investigación requieren mayor tiempo para complementar información o elementos de prueba suficientes para sustentar y formular acusación contra una o varias personas.
La petición puede hacerse de manera oral o escrita y debidamente fundada y motivada. El imputado, su defensor, y el Ministerio Publico deberán estar presentes en esta audiencia.
La autoridad judicial determinara mediante auto la procedencia de la solicitud y señalará de forma expresa el plazo razonable para la investigación complementaria, el cual no podrá ser menor de quince ni mayor de noventa días, la autoridad judicial tomará en consideración la gravedad del hecho, la complejidad de la investigación, la pluralidad de afectados, imputados o conductas, cuando la investigación se trate de delitos vinculados al crimen organizado, o se trate de delitos de relevancia social y trascendencia nacional y cualquier otra información o elemento de prueba que ayude a fundamentar la procedencia de la solicitud.
La autoridad judicial podrá dictar la medida de detención judicial, la que durare el mismo plazo que se ha fijado para la investigación complementaria, conforme el avance de la investigación complementaria si las autoridades correspondientes, consideran innecesario continuar con la detención judicial, el Ministerio Público solicitar a la autoridad judicial el cese de la misma.
En caso de negarse la solicitud de ampliación de la investigación, la autoridad judicial convocará inmediatamente a la audiencia preliminar”, dice la propuesta de reforma al Código Penal
Acelerarán el tiempo de juicio
Asimismo, la nueva reforma al Código Penal de Nicaragua busca acelerar el tiempo de justicia para cada procesado, pues en en texto de propuesta de cambio al artículo 256, los empleados de Ortega piden que si al plazo de la investigación del procesado termina, las autoridades correspondientes (Fiscalía y sistema penitenciario) deberán presentar al prisionero para realizar una audiencia preliminar inmediatamente.
“Arto. 256. Comparecencia. Dentro de las cuarenta y ocho horas de su detención o vencido el plazo para la investigación complementaria, las autoridades correspondientes presentaran a la persona detenida ante el juez, para la realización de la Audiencia Preliminar, la cual se realizara inmediatamente. En esta audiencia el fiscal deberá presentar la acusación ante el juez competente. Si este requisito no se cumple, el juez ordenara la libertad del detenido. El fiscal entregará al acusado una copia de la acusación” dice el texto de reforma.
Nueva reforma obedece a razones políticas
Según los abogados del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca +, el régimen de Ortega, está agravando la situación política y jurídica del país en contra de la oposición nicaragüense.
“Esta reforma lo que hace es legalizar lo que ya es una práctica de la dictadura de mantener en ‘El Chipote’ o en estaciones policiales a personas más allá del plazo establecido, principalmente aquellas personas a las que ocasionan molestia como son los opositores”, aseguró la abogada Wendy Flores.
Para el jurista y exdiputado José Pallaís, la reforma al Código Penal de Nicaragua en el contexto de crisis que se encuentra el país, no es “más que por razones políticas”. Según el abogado de profesión, la iniciativa viola los principios de inocencia que establece la Constitución Política que dicta un plazo de 48 horas.
Además, considera que es un “retroceso” en materia de las garantías constitucionales y coloca a los opositores en el blanco del régimen de Daniel Ortega.
“El artículo 33 de la Constitución, establece que toda persona que es arrestada por la Policía debe ser puesta a la orden del juez en un plazo máximo de 48 horas”, dijo el Dr. Pallaís.
“Lo que persiguen es detener e investigar con la persona detenida, lo cual es violatorio de los derechos humanos porque si fuera que quisiera profundizar hacen uso del artículo 135 de tramitación compleja para duplicar los plazos para la recolección de pruebas, utilizado principalmente para el crimen organizado, pero en este caso únicamente obedece a razones represivas y detener a 90 días preso a un ciudadano sin causa alguna sin haber cometido delito alguno”, dijo a nuestro medio aliado 100 % Noticias.