Al menos once derechos vulnerados (algunas consideradas como acciones retrógradas) reporta el informe rápido número 10 de la Oficina del Alto Comisionado de la Organización de Naciones Unidas (OACNUDH), publicado este lunes 17 de abril, en vísperas del quinto aniversario de la rebelión de 2018.

Según la oficina, desde el mes de febrero, Nicaragua ha dado nuevos pasos en dirección opuesta al respeto de los derechos humanos al imponer una serie de medidas arbitrarias a 222 personas excarceladas, que luego fueron desterradas a los Estados Unidos, y a otras 94 personas a las que les retiró la nacionalidad nicaragüense.

“Las medidas también han comprendido vulneración de garantías procesales, supresión de derechos políticos de por vida, desaparición de datos personales de los registros públicos y universitarios, pérdida del derecho a la propiedad y bloqueo bancario, incluso para recibir el pago de pensiones jubilatorias. Se han eliminado de una forma combinada derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales”, refiere el informe rápido.

La Oficina alerta que estas acciones reponen en Nicaragua figuras que eran parte del pasado como la apatridia, la muerte civil o la confiscación de bienes como castigo político, pero que ahora son el presente de la agudización de la crisis de derechos humanos en el país.

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La dictadura violó el derecho de los nacionales a no ser desterrados, el principio de legalidad, el derecho a tener nacionalidad y a no ser privado arbitrariamente de ella, derecho a no ser declarado apátrida, derecho al debido proceso, derecho a la propiedad, participación en asuntos públicos, el derecho al nombre, entre otros.

Se evidencia falta de independencia de los Poderes del Estado

La OACNUDH señaló que el 9 de febrero de 2023, el dictador Daniel Ortega y su consorte, Rosario Murillo, comparecieron en televisión nacional y aseguraron que el destierro fue idea de Murillo.

“Al reconocer el presidente Ortega que la deportación había sido dispuesta por él y la Vicepresidenta, se evidencia la falta de independencia del Poder Judicial nicaragüense que habría ordenado la “deportación” por instrucción expresa del Ejecutivo”, señaló.

En el caso de las 94 personas despatriadas, la oficina señala que no existe ninguna información sobre la realización de un juicio en el que un tribunal competente hubiera tomado las decisiones mencionadas, ni se aclara cuáles son los hechos imputados a cada una de las 94 personas afectadas.

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Confiscación y restricción de pensiones

La OACNUDH también registró los casos de confiscación a los desterrados y la restricción de las pensiones de Invalidez, vejez y muerte del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS)

“La Oficina ha documentado al menos 11 casos de personas a las que se estaría privando de su derecho a recibir sus pensiones de jubilación, pese a que esa medida no fue dispuesta en las resoluciones judiciales publicadas ni en la ley”, señala.

“La Oficina también ha sido informada de la confiscación de viviendas a 3 personas, cuando la confiscación de la propiedad es una figura prohibida por el Art. 44 de la Constitución nicaragüense”, añade.

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