La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), extendió medidas cautelares a favor del líder campesino Pedro Mena y del precandidato presidencial Medardo Mairena, ambos miembros del Movimiento Campesino y rehenes políticos de la dictadura familiar de los Ortega Murillo.

La medidas fueron emitidas el pasado tres de octubre, tras considerar que los líderes del campesinado se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo irreparable a sus derechos humanos en Nicaragua. «La CIDH valoró que el Movimiento Campesino al que pertenecen los propuestos beneficiarios tiene un historial de abierta oposición hacia el actual gobierno de Nicaragua», redactó la CIDH en su comunicado.

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Así mismo, la entidad defensora de los derechos humanos a nivel internacional, identificó que la reacción del aparato Estatal manipulado por la régimen dictatorial de Ortega y su familia, fue particularmente más intensa de lo observado en el estallido cívico de abril 2018 contra los integrantes de dicha organización opositora de la sociedad civil.

Pese a haberse otorgado previamente medidas cautelares en el 2018 y medidas urgentes en el 2019 a favor de Mairena, se observa que siguen presentándose hechos de riesgo en contra de él y, otros integrantes del Movimiento Campesino, como Mena», refiere la nota de prensa.

Según la entidad gubernamental, los dos opositores fueron privados de su libertad luego que Mairena presentara su disposición para aspirar a la presidencia de la república; así mismo, constataron que las y los familiares no conocieron el lugar de detención de manera oficial, permanecieron incomunicados en un lapso superior a los 60 días y denunciaron irregularidades en el proceso penal que hasta la fecha siguen prevaleciendo.

La comisión también consideró que tras solicitar información al Estado, el informe obtenido por parte de este, no fue suficiente para constatar si se tomaron medidas; «por ejemplo, en torno a la alegada incomunicación total; a la negativa de brindar información oficial a familiares; o si se adoptaron medidas en torno a las condiciones de detención o atenciones en salud frente a las condiciones médicas de los propuestos beneficiarios».

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Contrario a lo anterior, el régimen proporcionó evidencia nula para determinar, si la situación alegada haya sido debidamente mitigada por lo que la CIDH decidió activar el mecanismo de medida cautelar en los términos del artículo 25 de su reglamento.

Al dictaminar estas medidas, la entidad ordenó al Estado de Nicaragua, proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de Medardo Mairena Sequeira y Pedro Joaquín Mena Amador, asegurar que sus condiciones de detención sean compatibles con los estándares internacionales aplicables en la materia e informar sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente resolución y así evitar su repetición.

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